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Enervar un préstamo hipotecario: ¿Qué es?

8 octubre 2009 227 views No hay comentarios

uio Enervar un préstamo hipotecario: ¿Qué es?

En un momento tan competitivo como el actual en términos de oferta de productos bancarios, parece que el hecho de trabajar toda la vida con el mismo banco, ha pasado a ser un recuerdo.

Y es que no cabe duda que la sociedad resultante de la crisis económica va a presentar grandes cambios, mucho más dinámica, más preparada, más innovadora y… más atrevida, no en términos de correr riesgos, sino en términos de informarse, prepararse y elegir.

La elección es casi constante y en términos de viviendas e hipotecas, mucho más. Una hipoteca es, sin duda alguna, la obligación de pago de más duración que asumimos en nuestra vida.

La hipoteca vive con nosotros por periodos no inferiores, en el mejor de los casos, a 15 o 20 años, pudiendo llegar a los 40 y 50 años.

Es muy importante por lo tanto, aprender del desconocimiento con el que se actuó los años previos a esta crisis y conocer todas los instrumentos con los que cuenta el sistema financiero para operar en términos de hipotecas.

Dentro de los conceptos del mercado hipotecario  existe uno no muy conocido pero muy habitual, especialmente en un momento de cambio constante como el actual.

Enervar una hipoteca… ¿Qué es y en qué consiste?

Enervar un préstamo hipotecario está íntimamente relacionado con la subrogación hipotecaria es más, es consecuencia directa de la subrogación.

Cuando un cliente decide que quiere trasladar su préstamo hipotecario a otra entidad porque le dan mejores condiciones en los tipos de interés, las comisiones, la vinculación, el redondeo, el techo y suelo hipotecario, etc.…. el banco con el que firmó originalmente el préstamo hipotecario tiene la opción de no permitir ese traslado.

A esta negativa de nuestro banco se le conoce como enervar el préstamo hipotecario, es decir, es la negativa del banco a trasladar la hipoteca a otra entidad.

Para poder realizar esta operación, de acuerdo a la legislación vigente, las entidades están obligadas a igualar TODAS las condiciones que la otra entidad haya ofrecido.

Rebaja de los tipos de interés
Revisiones
Eliminación de cláusulas suelo
Vinculación

Todas y cada una de las condiciones que la entidad haya ofrecido deberán igualarse por medio de una oferta vinculante que recoja las nuevas condiciones y el plazo de aplicación de las mismas, para poder mantener el préstamo hipotecario en la entidad.

Foto: Google


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